Viernes, 01 de septiembre de 2006
españa constituye un refugio inviolable para todas las personas q quienes se conceda asilo. todos los extranjeros tienen derecho a solicitar asilo, que se concederá a toda persona que tenga fundados temores de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones o pertenencia a determinado grupo social, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda, o a causa de dichos temores, no pueda acogerse a la protección de tal país.
la persecución ha de ser lo suficientemente relevante, por su naturaleza o repetición, para implicar un atentado grave a los derechos humanos, debiendo encontrar su origen en uno de los motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a grupo social determinado u opinión política.
corresponde al solicitante de asilo presentar aquellos elementos necesarios para la apreciación de la veracidad de los hechos y circunstancias alegadas.
Por: serpientelocuaz | posibilidades | Comentarios (0) | Referencias (0)
